ORDENANZA 47 SOBRE EXTRACCIÓN DE ÁRIDOS EN CAUCES Y POZOS LASTREROS DE PROPIEDAD PARTICULAR

2022-01-12

La Ordenanza N° 47, dictada en Huépil el 30 de diciembre de 2021, establece el texto refundido de las Ordenanzas 33 y 44 sobre la extracción de áridos en cauces y álveos de cursos naturales de agua que constituyen bienes nacionales de uso público y en pozos lastreros de propiedad particular en la comuna de Tucapel.

En su artículo 1, el texto señala que la ordenanza tiene como objetivo fijar los procedimientos generales respecto de los derechos y deberes vinculados a la extracción del medio ambiente comunal, en relación con la extracción de áridos, procesamiento, comercialización y transporte de áridos en cauces, riberas de río o pozos lastreros, ya sea de Bienes Nacionales de Uso Público y/o en propiedad particular, reseñados en la citada ordenanza.

Más adelante, en su artículo 2, aclara diferentes conceptos y definiciones involucrados en el tema, como “pozo lastrero”, “álveo o lecho”, “cauce”, “faena artesanal o procedimiento manual”, “faena mecanizada o procedimiento industrial”, “permiso”, “concesión”, “permisionario”, “plan de explotación”, “pronunciamiento”, “DOM”, “DIDECO”, “DOH”, “SEA”, “RCA”, “Pr” y “BNUP”.

En el artículo 3, la ordenanza aclara que para extraer áridos se requiere el otorgamiento de un permiso municipal, el cual previamente será visado técnicamente cuando corresponda y esté aledaño o intervenga cauces de los ríos o esteros por la DOH o la institución que lo supla en sus funciones si corresponde SEA para Pozos Lastreros, según su volumen y superficie a intervenir para luego ser registrado y evaluado por la DOM, con toda la documentación solicitada que especifique la ordenanza.

Además, puntualiza que todos los permisos, ya sean personas naturales o jurídicas y cualesquiera sean las formas de extracción, menor o mayor en un BNUP (Bien Nacional de Uso Público) o desde Pozos Lastreros de propiedad particular, deberán pagar mensualmente en la Tesorería Municipal el equivalente a 1,2% de la UTM mes vencido por cada metro cúbico de árido extraído.

La ordenanza también se explaya sobre la extracción y procedimiento, las prohibiciones, y las sanciones y procedimientos de fiscalización, entre otras materias.

El texto completo de la Ordenanza N° 47 lo puede encontrar en el siguiente link: https://www.municipalidadtucapel.cl/filesglob/1641582477.pdf.