2020-04-15
Desde el miércoles 15 de abril de 2020 rige la ordenanza municipal 41 de "prevención y distanciamiento social por la emergencia sanitaria COVID-19 para la comuna de Tucapel".
Este texto normativo, aprobado por nuestro alcalde Jaime Veloso Jara y el concejo municipal, estará vigente mientras duren las medidas de excepción generadas por la pandemia del coronavirus.
Debes atender los siguientes puntos de la ordenanza:
Se restringen todo tipo de reuniones, eventos o agrupación de personas. Tales como eventos sociales, deportivos, recreacionales, religiosos, cultos de cualquier denominación.
Las personas en espacios públicos deben mantener una distancia de un metro y medio.
Para el transporte público es obligatorio el uso de mascarilla, el transportista en caso de tener termómetro, podrá negarse a llevar pasajeros que presenten fiebre o sintomatología asociada al COVID-19.
El obligatorio el uso de mascarillas, incluso las hechizas en los espacios públicos, recintos comerciales, lugares de trabajo y transporte público o privado.
El comercio autorizado podrá funcionar, estos deberán estricto cumplimiento a las medidas de distanciamiento y permitiendo únicamente el ingreso, al local o comercio, de personas que ocupen un mínimo de 4 metros cuadrados por persona.
Queda prohibida la venta de alcoholes después de las 20 horas.
Quedan excluidos de la exigencia de distanciamiento los familiares directos, o aquellos casos de asistencia o apoyo necesario, debidamente justificado.
La infracción a cualquiera de las normas señaladas de la presente Ordenanza, será sancionada con una multa a beneficio municipal de 1 a 5 UTM, determinada por el Juzgado de Policía Local. La reincidencia podrá ser sancionada con el doble de la multa dispuesta.
Esta ordenanza tendrá vigencia “Por todo el periodo de emergencia sanitaria, y mientras la autoridad sanitaria nacional, no disponga su levantamiento”.